El doctor Jorge Saverio Matinata, abogado, escribano, procurador y especialista en Derecho Tributario, Derecho Administrativo, Derecho Notarial y Finanzas Públicas, entre otros cargos, habló esta mañana con Radio Líder. El destacado y reconocido profesional del derecho opinó sobre la legalidad del pase sanitario y la eventual obligatoriedad de las vacunas contra el Covid-19. “La Constitución atribuye a cada uno de los poderes del Estado diversas facultades. Entre las que confiere al Poder Ejecutivo, está la de reglamentar actividades para tener un control en base a la salud, la educación y la seguridad. Y las instrumenta a través de la legislación que se dicta, y el Poder Judicial se encarga de controlar que esa reglamentación sea consistente con las garantías constitucionales. En el marco actual, tenemos una legislación que establece un deber, pero no una obligación. El deber es vacunarse. Aristóteles, como base del derecho, decía que la ética es la norma rectora de la virtud, y eso define lo que está bien y lo que está mal. Diríamos que lo que está bien está permitido y lo que está mal está sancionado”, explicó.
Por otra parte, el abogado destacó que “en el caso de la vacunación, la reglamentación no tiene sanción y esa es la única diferencia. Es decir, hay una obligación de hacer como norma ética que es vacunarse porque hay una pandemia en el mundo entero, y vemos que cualquiera de las vacunas ha generado efectos maravillosos sobre la salud y sobre la vida que es el bien jurídico que se debe proteger. Ahora, el único problema que existe en toda esta historia es que la obligación de hacer no tiene una sanción -que puede ser económica o penas privativas de la libertad que las aplica el Poder Judicial-. Es decir, existe a través de la Constitución lo que se llama o denomina el poder de policía que es ni más ni menos que el control efectivo sobre determinadas regulaciones que tiene a su cargo el Estado, para que las pautas de conducta se cumplan”, enfatizó.
Asimismo, y en el final, Matinata sostuvo que “quienes no se vacunan plantean una garantía de reserva del artículo 19 de la Constitución –nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda-. Ahora bien, hay cuestiones de emergencia, en salud como en este caso, que van modificando las realidades y ahí es donde el DNU que reglamenta cuestiones de la pandemia se torna en una cuestión objetiva y que tiene que ver con una obligación que tiene el Estado a través de la Constitución que es cuidar la salud pública de todos los habitantes de la Nación. Entonces, los derechos individuales ceden ante la existencia de intereses colectivos. Insisto, en un contexto de emergencia no hay interés individual que esté por encima de un interés colectivo”, concluyó.