La Municipalidad de San Cayetano recordó que se encuentra vigente la Ordenanza N° 2.758/17 sobre “Control de Plagas”. Al respecto se hace imprescindible el control de las plagas urbanas, en razón de ser perjudicial para la salud humana y saneamiento del medio.
La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante indica en su artículo 1º que “todos los propietarios y ocupantes de inmuebles urbanos o rurales están solidariamente obligados al exterminio de las plagas declaradas como tales, como así también adoptar las medidas que fije la reglamentación para evitar su desarrollo y propagación”.
La obligatoriedad del servicio de limpieza, desmalezamiento, desinfección, desinsectación y desratización es común a todos los propietarios de comercios, instituciones, inmuebles en general y baldíos de la ciudad. Lo mismo corre para la Municipalidad en edificios y espacios públicos.
Cumplimentando lo anterior, mediante la Ordenanza 4879/2010 está establecido que el Departamento Ejecutivo preservará las condiciones de higiene, salubridad y seguridad de los terrenos baldíos, casas abandonadas, obras en construcción u otros sitios en similares condiciones de abandono en el ámbito de la planta urbana.
Allí quedó establecido también que se intimará a los propietarios, poseedores, tenedores o detentadores de los inmuebles antes mencionados a una pronta regularización de la situación de riesgo al medio ambiente y la salud pública. Si así no lo hicieran se procederá a efectuar las acciones necesarias para subsanar la irregularidad emergente del incumplimiento de dicha intimación.
Es por esto que la Municipalidad solicitó la colaboración de los vecinos propietarios de inmuebles para mantener limpia la ciudad y evitar así la proliferación de alimañas.