Mediante la publicación del decreto 923 el Gobierno Nacional estableció los «días no laborables con fines turísticos» para los años 2018 y 2019
El Poder Ejecutivo definió el calendario de feriados y días no laborables con fines turísticos para 2018 y 2019: habrá seis feriados puente en los próximos dos años para fomentar el turismo. Serán «días no laborables con fines turísticos» los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre de 2018, que son tres lunes que anteceden al feriado por el Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente. Y en 2019 serán «no laborables» los días 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre, lunes que anteceden los feriados por el Día de la Independencia, el Paso a la Inmortalidad del General San Martín y el Día del Respeto por la Diversidad Cultural, respectivamente.
Mediante la ley 27.399 se facultó al Poder Ejecutivo «a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes».
Resumen de los feriados nacionales
12 Feriados inamovibles
4 Feriados trasladables (excepto que caigan sábado o domingo)
3 Feriados o no laborables turísticos por año (atribución del Gobierno para establecerlos)
Fines de semana largos en 2018
– Lunes 1 de enero
– Carnaval: 12 y 13 de febrero
– Semana Santa: 29 y 30 de marzo + 2 de abril (forman un fin de semana de cinco días)
– Lunes 30 de abril + martes 1 de mayo («nuevo»)
– Viernes 25 de mayo
– Lunes 9 de julio
– Lunes 20 de agosto
– Lunes 15 de octubre
– Lunes 19 de noviembre
– Lunes 24 de diciembre + 25 de diciembre («nuevo»)
Fines de semana largos en 2019
– Lunes 31 de diciembre + 1 de enero («nuevo»). Si bien corresponde al 2018, el impacto turístico se da en el 2019
– Carnaval: 4 y 5 de marzo
– Semana Santa: 18 y 19 de abril
– Lunes 17 de junio
– Lunes 8 de julio + 9 de julio («nuevo»)
– Lunes 19 de agosto («nuevo»)
– Lunes 14 de octubre («nuevo»)
– Lunes 18 de noviembre