Ausencia justificada para los trabajadores que se vacunen contra el Covid-19

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En el marco del plan de vacunación contra el coronavirus, el Gobierno determinó este viernes que cualquier empleado podrá ausentarse de su puesto laboral el día que tenga que ir a vacunarse.

“Será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19″, establece el primer artículo de la resolución 92/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Además, el documento, firmado por el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, precisó que bastará con presentar “la constancia de la aplicación” para acreditar las razones de la ausencia, siempre que se cuente con la “previa autorización del empleador”, y aseguró que ello no significará “la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto”

Coronavirus: Argentina recibió 1.800.000 vacunas
Desde que Argentina recibió el primer cargamento, un total de 1.800.000 vacunas contra el coronavirus llegaron al país: cuatro de Sputnik V por un total de 1.220.000 y uno de 580.000 de la vacuna Covishield de AstraZeneca/Oxford fabricada en India, que también requiere dos aplicaciones, aunque del mismo componente.

De ese número, hasta el momento fueron aplicadas 780.455 dosis (entre la primera y la segunda). El 92,11% tuvo como destino al personal de salud (718.863 dosis), mientras que el resto se destinó a las personas de más de 60 años de edad y al “personal estratégico”.

Ahora, con la llegada de la vacuna china Sinopharm a la Argentina, y a pocos días del comienzo de las clases en la mayor parte del país, las autoridades sanitarias comenzaron a inmunizar a los maestros.

El cronograma diseñado por el Ministerio contempla cinco grupos prioritarios:

1) En el primer grupo estará el personal de dirección y gestión, el de supervisión e inspección, los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel Inicial (incluye ciclo maternal), los de primer ciclo del nivel primario, (1°, 2° y 3° grado) y los de educación especial.

2) En el segundo grupo se contempla al personal de apoyo a la enseñanza, todo otro personal sin designación docente pero que trabaja en establecimientos educativos de la educación obligatoria en distintas áreas y servicios. Cantidad: 247.413.

3) En el tercero estarán los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel primario, del segundo ciclo de 4° a 6°/7° grados. Cantidad: 148.692.

4) El cuarto grupo estará conformado por los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel secundario, de educación permanente para jóvenes y adultos en todos sus niveles e instructores de formación profesional. Cantidad: 331.099.

5) Finalmente, en el último grupo estarán los docentes y no docentes de institutos de educación superior y universidades. Cantidad: 273.185.

Fuente: Mitre